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Cobija mantiene horario de circulación, cierra bares, prohíbe fiestas y reuniones por riesgo de contagio Covid-19

COBIJA/PERLA DEL ACRE

El Centro de Operaciones de Emergencia Municipal (COEM) determinó en Cobija mantener los horarios de circulación de 05.00 a 22.00 de lunes a domingo. También decidió suspender el funcionamiento de piscinas, bares, karaokes y discotecas, por aglomeración de personas y alto riesgo contagio Covid-19. De igual forma se restringe las fiestas y reuniones en lugares públicos y privados.

     La nueva ola de Covid-19 está golpeando con fuerza a la capital pandina. En 18 días de la presente gestión, se registró más de 400 casos positivos y 14 personas fallecieron infectados por la pandemia. Desde el primer deceso hasta la fecha suman 198 entierros.

     Tras analizar el informe de la Dirección Municipal de Salud (Dimusa) y del Servicio Departamental de Salud (Sedes) sobre la situación epidemiológica de la segunda oleada de coronavirus en Cobija, las autoridades coincidieron que es necesario aplicar algunas restricciones de manera inmediata, con el propósito de evitar mayor cantidad de contagios y fallecidos por la pandemia.

     El Decreto Municipal Nº 02/2021 -con vigencia del 19 de enero al 28 de febrero- establece medidas y acciones orientadas a continuar la contención y reducción de contagios en la segunda ola del Covid-19 y la obligatoriedad de aplicar protocolos y medidas de bioseguridad, con la finalidad de proteger la vida y la salud de la población.

Horario

     La circulación de personas y motorizados se mantiene de lunes a domingo de 05.00 a 22.00 horas, mientras las actividades económicas se ratifican de lunes a domingo, de 05.00 a 21.00.

     El sector del transporte público y privado podrá circular cumpliendo el protocolo de bioseguridad al 50% de su capacidad de pasajeros en los horarios permitidos para la circulación.

Medidas de bioseguridad

     Es de cumplimiento obligatorio e inexcusable para todos los estantes y habitantes de la jurisdicción del municipio de Cobija el uso permanente de barbijo, distanciamiento físico como mínimo de uno y medio (1½) metros, lavado y/o desinfección permanente de manos, cumplimiento de protocolos de higiene y bioseguridad.

     Las personas que incumplan con la obligatoriedad del uso del barbijo serán sancionadas con el pago de multas y/o trabajo comunitario en la jurisdicción municipal.

     Los centros de abastecimiento de alimentos, medicamentos, actividades económicas y otros servicios de atención al público, deben sujetarse y dar cumplimiento al protocolo de bioseguridad. El titular de la actividad económica es directo responsable de implementar las medidas sanitarias y garantizar el cumplimiento de las mismas por su personal dependiente, proveedores, usuarios y/o clientes, evitando la aglomeración y garantizando el distanciamiento físico entre personas.

     Los centros de expendio, actividades económicas y otros servicios de atención al público, deberán efectuar la desinfección de sus establecimientos previo a realizar la atención al público.

     El incumplimiento a la aplicación de medidas de seguridad por parte de propietarios y personal de los centros de abastecimiento, actividades económicas y otros de atención al público serán pasibles a las siguientes sanciones: a) Por incumplimiento al uso del barbijo por parte del personal de atención y del cliente atendido el pago de 200 UFVs. b) Por incumplimiento a la aplicación de medidas de bioseguridad por parte del personal de atención el pago de 500 UFVs.

Actividades restringidas

     Quedan restringidos temporalmente el funcionamiento de establecimientos de actividades económicas de recreación y entretenimiento, de consumo de bebidas alcohólicas (bares, cantinas, karaokes, discotecas y toda actividad nocturna), saunas, piscinas y cualquier otro que genere aglomeración de personas e implique alto riesgo de contagio del Covid-19 entre personas.

     Queda restringida la realización de actividades sociales (fiestas y reuniones) en lugares públicos y privados.

     El incumplimiento se sancionará con multa y cierre de la actividad económica y la sanción penal a los infractores por atentar contra la salud pública.

Control

     La Intendencia Municipal será la encargada de realizar los controles respectivos de las actividades económicas para el cumplimiento de los horarios, actos de bioseguridad y otras restricciones, a este fin podrá coordinar acciones con la Policía, Fiscalía y Fuerzas Armadas, asimismo, la ciudadanía en general.

     Se realizarán evaluaciones periódicas de las cuales podrá resultar, la reactivación de actividades económicas restringidas, así como el cierre de otras no señaladas. En caso que continúe el alto índice de contagios por coronavirus, las autoridades podrían definir mayores restricciones.

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